Escribo esta entrada sobre todo para dar información a las personas que han llegado y me imagino que seguirán llegando al blog por medio de los buscadores y usando las distintas palabras claves que hace alusión a este tema.
Antes de nada que mejor que dirigirnos a la web oficial del Ministerio de Justicias Español para recibir de una fuente oficial toda la información acerca de este tramite.
Pero como me imagino que lo que la mayoría busca es leer/conocer experiencias de nacionalizados y más concretamente Colombianos.
Pues entonces les cuento mi experiencia:
Tras residir 2 años legal y continuadamente en España, opté por solicitar la nacionalidad Española “por residencia”. Es la "ventaja" que tienen todos los latinoamericanos, que al ser los "hijos ilegítimos de la corona", se les reduce el tiempo para poder optar por la nacionalidad...
Una vez se solicita la nacionalidad, toca esperar por lo menos 3 años. Aunque actualmente la espera supera ampliamente este tiempo.
En mi caso, desde la solicitud hasta tener el pasaporte en mis manos fueron 2 años y 9 meses. Pero como ya he dicho, actualmente se están tardando mucho más en conceder las nacionalidades.
2 + ? = ?
¿Qué es lo que sucede en todo el tiempo de espera?
Lo voy a resumir cronológicamente:
- Solicitud de la nacionalidad en el Registro Civil del municipio dónde se reside.
- El Registro Civil (RC) comprueba que todo lo aportado este en regla.
- Esperar, esperar y esperar...
- El RC lo envía a la Dirección General de Registro y Notariado (DGRN).
- Esperar, esperar y esperar...
- La DGRN abre un expediente y empieza a estudiar el caso.
- Esperar, esperar y esperar...
- Si lo considera pertinente, la DGRN puede volver a solicitar documentos que ya antes se han aportado y también se reserva el derecho de hacerte una visita en casa.
Si se da el supuesto de que hay que volver a enviar documentos ya aportados. El proceso se paraliza hasta que ellos reciban dichos documentos. Y si se da el supuesto de que necesiten hacer una visita, esta será efectuada por agentes del CNI (Centro Nacional de Inteligencia). Estos agentes son unos tipos grandotes que parecen porteros rusos de discotecas. Suelen preguntar mucho, además de varias veces lo mismo... También se toman la libertad de explorar cada rincón de la casa.
El proceso también se verá paralizado hasta que la DGRN reciba el informe de los del CNI.
- Esperar, esperar y esperar...
- La DGRN emite una resolución ya sea positiva o negativa y la envía por correo.
- Esperar, esperar y esperar...
- Se recibe la carta en donde se notifica que la nacionalidad ha sido concedida.
- En el supuesto que la resolución sea positiva, aún no se puede cantar victoria. Hay que dirigirse con la resolución al RC. Y si es negativa... Se puede recurrir. Pero ahí si que no puedo contar nada.
- Se llega con la resolución positiva al RC en donde todo empezó y se solicita fecha para jurar lealtad y fidelidad al Rey de España y a la constitución Española. Según la carga de trabajo del RC y del tamaño del municipio o ciudad, dan la cita para semanas, meses o hasta años...
- Esperar, esperar y esperar...
- Se acude al gran día de la jura, cual jugador de fútbol brasilero... Pero no. La jura no suele ser como la de los astros del fútbol que aparecen en las noticias... Menos mal.
No se suele jurar nada, "lea aquí y firme aquí".
¡IMPORTANTE! Antes de firmar cualquier cosa, hay que especificar que la inscripción del nacimiento se haga en ese mismo RC. Si no se hace dicha especificación, el RC envía la solicitud de inscripción del nacimiento al RCC (Registro Civil de Central en Madrid) que es el que registra los nacimientos de los Españoles en el extranjero. Con lo cual se le añadiría más tiempo de espera al proceso.
Una vez hecha la jura y expresada la voluntad de que se quiere ser inscrito en dicho RC, hay que esperar a que el RC haga la respectiva inscripción y posterior confección de la partidas de nacimiento que certifican la nueva nacionalidad. Esto suele tardar semanas o meses en función de la carga de trabajo y tamaño del municipio o ciudad.
- Esperar, esperar y esperar...
- Se reciben las partidas de nacimiento por correo. Ya se es Español.
- Con esas partidas hay que dirigirse a la comisaria de policía más cercana. Dicha comisaria tiene que estar habilitada para la expedición de DNI (Documento nacional de Identidad) y pasaportes.
El pasaporte lo entregan a los 2 días. y el DNI a los 30-40 días.
- Fin del tramite, ya puedes ser presidente de la nación si quieres y si te votan ;-)
A mí afortunadamente no se me pidieron nuevamente documentos ya antes aportados, ni documentos extras. Pero a muchas personas si les ha tocado. Y la visita del CNI, tampoco me tocó recibirla. Pero a un conocido por ejemplo, sí.
Ante cualquier duda hay un foro muy bueno que trata todo lo referente a extranjería y nacionalidad Española. Lo pueden encontrar aquí. O en mis "Enlaces de interés".
Acabo de descrubrir este blog y esta entrada.
Lo primero quiero darte las gracias por tu comentario, soy la viuda de tu paisano asesinado vilmente, no por asunto de lindes como dice la prensa, sino por asunto de color de piel.
Simplemente mi pareja murio porque era negro y extranjero.
Se dice que en españa no hay racismo, si lo hay pero se esconde en "ajustes de cuentas", "accidentes", "problemas de lindes" etc.
Te envio el enlace al space que dedico a mi amado Fran, donde encontraras muchas respuestas. Un saludo desde España.
http://dolorpuntoes.spaces.live.com